Condiciones de Contratación

1. OBJETO

El Objeto de las presentes condiciones es la regulación del contrato de prestación de servicios por el que el/la Cliente/a contrata a Proinvest Sandic, S.L. para la prestación del servicio de reclamación judicial de las cantidades que el Cliente/a desea reclamar por considerar, que le son debidas.

Consecuentemente Proinvest Sandic, S.L. incorporará los datos del/la Cliente/a, los del DEUDOR y los de la DEUDA en sus sistemas informáticos, con la finalidad de que sean tratados y, mediante los empleados y profesionales que intervengan, se procesen, con el objeto de recuperar los importes que resulten ser debidos por cualquier concepto.

2. RECLAMACIÓN JUDICIAL DE LA DEUDA

2.1. Verificación de la Documentación.

A partir del momento en que el/la Cliente/a haya aceptado las Condiciones de Contratación, la intervención de Proinvest en la gestión judicial se iniciará comprobando manualmente que la documentación que deberá facilitar el/la Cliente/a, contiene los datos de Deudor, de la Deuda y del Acreedor, verificando la exactitud de los datos y que resulta suficiente para la viabilidad de la reclamación.

2.2. Inviabilidad de la reclamación.

Tras la comprobación indicada en el apartado anterior, si Proinvest, considera insuficiente o inadecuada la documentación, para la viabilidad de la reclamación, lo comunicará al/a la Cliente/a, en el plazo máximo de 7 días hábiles desde el día siguiente a fecha de aceptación de las Condiciones por parte del/de la Cliente/a.

La reclamación deberá ser a un DEUDOR cuyo domicilio esté en territorio español, de lo contrario la reclamación se considerará inviable.

En dicho caso, Proinvest comunicará al cliente los motivos por los que el expediente ha sido considerado inviable y procederá a la destrucción de todos los datos suministrados con la sola excepción de aquellos que le sirvan para fines estadísticos y de control. Igualmente, si se hubiera realizado el pago a través de la pasarela de pagos habilitada al efecto, Proinvest retornara por la misma vía, el ingreso efectuado al/a la Cliente/a.

2.3. Inicio de la reclamación.

Verificado el pago, Proinvest iniciará el proceso de reclamación judicial preparando los documentos a presentar en el juzgado, siguiendo los siguientes pasos:

a. Poder para pleitos. Será necesario con la primera reclamación contratada, el/la Cliente/a recibirá el modelo de Poder para Pleitos proporcionado por Proinvest, y otorgarlo ante un Notario de su confianza.

En caso de que la reclamación sea esporádica, el/la Cliente/a puede apoderar “Apud Acta” a través del sistema telemático de la administración de justicia siguiendo las instrucciones que Proinvest le facilitará.

Los costes del poder para pleitos no están incluidos en el precio del Servicio.

b. Tasas judiciales/depósito preceptivo para recurrir. El/la Cliente/a deberá haber pagar la tasa judicial que la Administración Estatal o Autonómica pueda solicitarle por la utilización de la Administración de Justicia. El impago de la correspondiente tasa judicial o depósito para recurrir por parte del/de la Cliente/a, comportaría la inadmisión de la demanda y la inadmisión del recurso correspondiente, respectivamente.

c. Presentación de la petición inicial del Proceso Monitorio por parte de Proinvest. Esta es en definitiva en encargo inicial que se realiza, la redacción y presentación de la petición inicial de procedimiento monitorio. La inadmisión de la demanda por ilocalizable o por haber sido localizado en otro partido judicial, así como el hecho de que el deudor no comparezca en el procedimiento, no conteste a la demanda, o no acuda a juicio, no implica modificación ni descuento alguno en los precios establecidos.

d. Comunicación de todas las notificaciones judiciales al/a la Cliente/a en el momento oportuno.

e. Tramitación completa del Proceso Monitorio hasta su finalización, bien por el pago voluntario por parte del DEUDOR, o porque este haya presentado oposición (en cuyo caso habría, en función de la cuantía, un señalamiento de un juicio verbal, o un emplazamiento para la interposición de una demanda de juicio ordinario), o finalmente, en caso de que el deudor no pague ni se oponga, quede abierto el inicio de la ejecución a que hubiere lugar, todo ello según se detalla en la cláusula 3.5.

2.4. Diferentes situaciones Procesales.

Fase de Petición inicial de Procedimiento Monitorio.

  1. Ilocalización al demandado. En el caso de que el Juzgado no pueda requerir de pago al DEUDOR en el domicilio facilitado por el/la Cliente/a, Proinvest solicitará la correspondiente averiguación domiciliaria al Juzgado. En caso de que el deudor sea localizado en un nuevo domicilio en distinto partido judicial y el/la Cliente/a quisiera contratar nueva reclamación, dirigiéndola al nuevo domicilio identificado Proinvest aplicará un descuento del 50% sobre los honorarios por el nuevo procedimiento monitorio. Sin embargo, las Tasas Judiciales deberán volverse a pagar.
  2. Pago del deudor. El DEUDOR tiene, desde el requerimiento de pago, 20 días hábiles para efectuarlo. En este caso, recibido el correspondiente Mandamiento de Devolución o de pago en favor y a nombre del/de la Cliente/a Proinvest se lo remitirá al/a la Cliente/a para que éste/a proceda a su cobro, o bien le será remitida una transferencia desde el juzgado a la cuenta bancaria corriente que el/la Cliente/a designe para ello.
  3. Oposición. El deudor si no está conforme con la reclamación que se le efectúa, puede oponerse a la petición de procedimiento monitorio interpuesto, en cuyo caso se dará éste por finalizado, prosiguiendo la reclamación por los cauces del procedimiento declarativo que corresponda en función de la cuantía (Juicio Verbal u Ordinario). En este momento finalizarían los servicios contratados por el/la Cliente/a.
  4. DEUDOR no paga ni se opone. Si transcurrido el plazo legal de 20 días hábiles, el deudor no paga ni se opone, el Juzgado dará la opción de abrir la Ejecución por la deuda reclamada. El hecho de que el deudor no comparezca en el procedimiento, no conteste a la demanda o no acuda a juicio, no implica modificación ni descuento alguno en los precios establecidos, hayan sido o no abonados.

Fase de Oposición a la Petición inicial de Procedimiento Monitorio.

  1. Reclamación inferior a 6.000,00.- Juicio Verbal. Si el/la Cliente/a así lo solicita, Proinvest representará defenderá los intereses del/de la Cliente/a en el procedimiento de juicio verbal (impugnación a la oposición, y vista oral si procede, hasta sentencia), para lo cual el/la Cliente/a deberá cumplimentar los requerimientos que le solicite Proinvest y el pago correspondiente. En cualquier caso, existiendo oposición, el/la Cliente/a tiene la obligación de impugnar la oposición (a través de los profesionales de Proinvest, de otros profesionales o, en su caso, por sus propios medios) y de ir al Juicio el día señalado al efecto, de modo que si no lo hace, puede ser condenado/a en costas. Si el/la Cliente/a cumplimentara los requerimientos y el pago necesarios para que Proinvest haga el escrito de impugnación a la oposición, Proinvest lo presentará dentro del plazo.
  2. Reclamación superior a 6.000,00.- Juicio Ordinario. Si el/la Cliente/a así lo solicita, Proinvest representará defenderá los intereses del/de la Cliente/a en el procedimiento de juicio Ordinario (redacción de escrito de demanda, asistencia a Audiencia Previa y Juicio Oral hasta sentencia), para lo cual el/la Cliente/a deberá cumplimentar los requerimientos que le solicite Proinvest y el pago correspondiente. En cualquier caso, existiendo oposición, el/la Cliente/a tiene la obligación de Presentar la demanda de Juicio Ordinario (a través de los profesionales de Proinvest, de otros profesionales) de modo que si no lo hace, puede ser condenado/a en costas. Si el/la Cliente/a cumplimentara los requerimientos y el pago necesarios para que Proinvest haga el escrito de demanda de Juicio Ordinario, y asista a la Audiencia Previa y al Juicio Oral, Proinvest presentará la demanda dentro del plazo, y lo asistirá en los restantes trámites.

Fase de Ejecución.

  1. Ejecución. Proinvest representará defenderá los intereses del/de la Cliente/a en el procedimiento de Ejecución dineraria que sea preciso iniciar en caso de que, estando obligado a pagar por resolución judicial, el DEUDOR no lo haga voluntariamente, y procederá a la ejecución de las cuantías a que haya lugar interponiendo la consiguiente demanda de ejecución ante el Juzgado y haciendo el seguimiento de la misma hasta el total cobro de la deuda mantenida.

2.5. Pagos Judiciales mediante proceso de ejecución.

En los supuestos en que se produzca el pago de la deuda a través del Juzgado donde se tramita el Procedimiento de Ejecución, y toda vez que el Mandamiento de Devolución será expedido a nombre del/de la Cliente/a, este autoriza a Proinvest para que cobre el referido Mandamiento y abone la diferencia el importe del mismo y el del % que le corresponda según las tarifas, más Iva, en la cuenta designada por el/la Cliente/a a tal fin.

2.6.  Desistimiento.

El/la Cliente/a podrá desistir de la acción en cualquier momento. Sin embargo, en caso de desistimiento de la acción, sea por el motivo que sea, el/la Cliente/a no podrá recuperar ni total ni parcialmente los pagos ya efectuados a Proinvest. Además, en caso de que se le impusieran al/a la Cliente/a las costas por haber desistido, el/la Cliente/a se hará cargo íntegramente de las costas a que haya lugar.

2.7. Negociación con el DEUDOR.

La negociación con el DEUDOR, en caso de que éste se ponga en contacto, incluido que se dirija directamente al/a la Cliente/a, deberá ser realizada por Proinvest. No está incluida la gestión extrajudicial con el deudor, de forma proactiva, es decir que la negociación, se realizara exclusivamente en caso de dirigirse el deudor a Proinvest y/o al/a la Cliente/a.

Si en cualquier momento del proceso el deudor efectuase una oferta de pago a Proinvest, se le notificará al/a la Cliente/a de forma inmediata a fin de que dé instrucciones respecto a la aceptación o no de la oferta.

No se devolverán los honorarios ya abonados, cualquiera que sea la fase procesal en la que se encuentre el procedimiento, e caso de que el procedimiento finalice por satisfacción extraprocesal.

En caso de que el acuerdo que se alcance, derive de un asunto que no esté en fase ejecutiva y no sea total, es recomendable que el acuerdo se redacte por escrito y se homologue judicialmente. En este último caso, si el/la Cliente/a desea que se homologue judicialmente el acuerdo al que se llegue con el DEUDOR se aplicará la tarifa de la cláusula 5.1. e) del presente.

En caso de incumplimiento del acuerdo homologado judicialmente, corresponderá la ejecución del mismo, por incumplimiento, lo cual devengará los honorarios previstos para las ejecuciones.

3. RETIRADA DEL ENCARGO

El/la Cliente/a podrá en cualquier momento, por los motivos que sea, retirar el encargo efectuado a Proinvest. Sin embargo y dado que uno de los parámetros con los que Proinvest juega a la hora de ofrecer unos precios tan ajustados (con el fin de facilitar al máximo las reclamaciones de sus clientes), consiste en obtener el resto de su remuneración de las costas a las que se pueda condenar al deudor, en los supuestos en los que el/la Cliente/a retire el encargo a Proinvest y por tanto se solicite la venia para cambiar la dirección letrada de un proceso que ya se ha iniciado, Proinvest cederá la venia, pero acreditará los honorarios normales por las fases en las que haya intervenido, y aplicará las tarifas del Colegio de Abogados (Criterios Orientadores en materia de tasación de costas y jura de cuentas) que corresponda en función de la sede judicial en la que se esté llevando el procedimiento, facturando la cantidad que corresponda a la cual se descontarán las cantidades que el/la Cliente/a haya pagado por los conceptos facturados, de conformidad con lo dispuesto en las anteriores cláusulas.

4. DURACIÓN

4.1. El contrato entrará en vigor a partir de la aceptación del servicio por parte de Proinvest, en la forma indicada en el presente documento.

4.2. Cada encargo se entiende suscrito durante todo el tiempo necesario, en cada fase, para que las actuaciones jurídicas correspondientes lleguen a su fin. Sin embargo, se fija un límite temporal de cuatro (4) años, en cuyo caso se aplicará la previsión de la cláusula 6.1.f), salvo que su conclusión sea consecuencia del desistimiento del/de la Cliente/a de, o salvo que el/la Cliente/a solicite la venia a Proinvest para que el procedimiento sea seguido por otro letrado.

5. TARIFAS Y FORMA DE PAGO

La remuneración que percibirá Proinvest por asunto cuya tramitación haya sido aceptada por ésta (Proinvest), variarán en función de la fase procesal a las que se hace referencia en la anterior clausula 2.4, y de los recursos que se interpongan. En cualquier caso, en los precios que se reflejan a continuación, están incluidos los abogados y procuradores.

5.1. Hitos de facturación.Precio.

  1. Redacción y presentación de la Petición inicial de Procedimiento Monitorio, incluidos escritos de tramite hasta su archivo: Proinvest cobrará OCHENTA Y NUEVE EUROS (89,00 €) más el correspondiente IVA.
  2. Juicio Verbal. Redacción y presentación de la Impugnación a la oposición, y celebración en su caso del Juicio, incluidos escritos de trámite, hasta Sentencia, (oposición y se inicia un Juicio Verbal, cuando la cantidad reclamada es inferior o igual a 6.000 €): Proinvest cobrará CIENTO SETENTA Y CINCO EUROS (175,00 €) más el correspondiente IVA. En caso de condena en costas a la parte contraria, y siempre que se haya llegado a cobrar el importe de las mismas de la parte contraria, dicha cantidad de costas corresponderá a Proinvest reintegrando al/a la Cliente/a la cantidad prevista en este apartado, siempre y cuando el importe de las costas fuera superior a esta cantidad.
  3. Juicio Ordinario. Redacción y presentación del escrito de demanda, asistencia a Audiencia Previa y celebración en su caso del Juicio, incluidos escritos de trámite, hasta Sentencia, (oposición y se inicia un Juicio Ordinario, cuando la cantidad reclamada es superior a 6.000 €): Proinvest cobrará TRESCIENTOS EUROS (300,00 €) más el correspondiente IVA. En caso de condena en costas a la parte contraria, y siempre que se haya llegado a cobrar el importe de las mismas de la parte contraria, dicha cantidad de costas corresponderá a Proinvest reintegrando al/a la Cliente/a la cantidad prevista en este apartado, siempre y cuando el importe de las costas fuera superior a esta cantidad.
  4. Redacción de la demanda de ejecución ante el Juzgado, incluidos escritos de apremio y de trámite y haciendo el seguimiento de la misma hasta el total cobro de la deuda (el DEUDOR, estando obligado a pagar por resolución judicial, no lo hace voluntariamente): Proinvest cobrará

Para reclamaciones de hasta 6.000 €……………………15% del importe recuperado.

Reclamación entre 6000 € hasta 45.000 €………………12% del importe recuperado.

Reclamaciones superiores a 45.000 €……..……………10% del importe recuperado.

A dichos porcentajes, deberá añadirse el IVA. En caso de condena en costas a la parte contraria, dicho importe de costas corresponderá a Proinvest siempre que se haya llegado a cobrar el importe de las mismas de la parte contraria, como complemento del porcentaje pactado.

  1. Redacción del Acuerdo al que pueda llegarse con el DEUDOR, y presentación al Juzgado para Homologación judicial del mismo: Proinvest cobrará CIEN EUROS (100,00 €) más el correspondiente IVA por cada Homologación.
  2. Iniciada la ejecución y transcurridos 3 años desde el inicio de la misma, si dicho procedimiento estuviera todavía gestionándose, y el/la Cliente/a quisiera que Proinvestsiguiera con la prosecución del mismo, Proinvest cobrará CINCUENTA EUROS (50,00 €) anuales.
  3. Segunda instancia. Por la redacción de recurso de apelación, u oposición al recurso de apelación interpuesto por el DEUDOR, Proinvest cobrará NOVENTA EUROS (90,00 €) más el correspondiente IVA.

5.2. Recursos Especiales y Tasas.

Si bien la redacción e interposición de recursos de reposición, revisión, queja o cualquier otro que pudiera interponerse, y que no constituya una segunda instancia, así como la impugnación u oposición a los mismos, están incluidos en los precios de las diferentes fases, y los recursos que representen segunda instancia, tienen el precio anteriormente especificado en el apartado 5.1.g anterior, los recursos de casación o extraordinario por infracción procesal, no están comprendidos en los honorarios y precios propuestos, y deberán ser objeto de contratación en cada caso.

Tampoco están incluidas el coste de las tasas judiciales y/o depósitos que puedan ser necesarios para la formalización de los mismos.

Las Tasas Judiciales que la Administración de Justicia y/o la Agencia Tributaria Estatal o la Oficina Autonómica de que se trate puedan imponer, siempre serán a cargo del/de la Cliente/a y la cuota tributaria está compuesta por la cuota fija que se determina en función de la clase de procedimiento, siendo las más significativas aplicables a los servicios detallados en la clausula 2, son:

  • Monitorio CIEN EUROS (100€)
  • Verbal y cambiario  CIENTO CINCUENTA EUROS (150€)
  • Ordinario TRESCIENTOS EUROS (300€)

Los depósitos para recursos que puedan plantearse, a pagar por el/la Cliente/a, son:

  • Recursos contra resoluciones que no pongan fin al proceso ni impidan su continuación, en cualquier instancia. VENTICINCO EUROS (25 €).
  • Recursos de revisión contra resoluciones dictadas por los Letrados de la Administración de Justicia. VENTICINCO EUROS (25 €).
  • Recurso de queja. TREINTA EUROS (30 €).
  • Recurso de apelación o de rescisión de sentencia firme a instancia del rebelde. CINCUENTA EUROS (50 €),
  • Recurso extraordinario por infracción procesal. CINCUENTA EUROS (50 €).
  • Recurso fuera el de casación, incluido el de casación para la unificación de doctrina. CINCUENTA EUROS (50 €).

Las tasas y los depósitos judiciales, igual que los impuestos, pueden sufrir variaciones por lo que, serán siempre aplicadas las que estén vigente en el momento del devengo.

Cuando una resolución sea desfavorable, al ponerla en conocimiento del/de la Cliente/a, se comunicará:

Si cabe algún tipo de recurso.

El plazo que habría para su interposición

El importe en su caso de las tasas y/o depósitos para recurrir

En caso de no tener respuesta por parte del/de la Cliente/a en el plazo otorgado, y en funcion de las consecuencias en cada caso, tomará la decision Proinvest, asumiendo el/la Cliente/a dicha decisión y los costes que puedan derivarse en la interposición del recurso de que se trate.

5.3. Forma de Pago.

El/la Cliente/a podrá abonar los servicios que contrate y, en su caso, las tasas y/o los depósitos necesarios, a través de cualquiera de los siguientes medios:

  • Tarjeta de crédito o de débito a través de la pasarela de pagos.
  • Transferencia bancaria.

5.4. Otros Gastos.

Los gastos en cualquier momento del proceso de que se trate, pudieran ser necesarios (a modo enunciativo y no limitativo los de Notarios, Registradores, Peritos, comunicaciones postales, burofaxes, certimails), serán siempre a cargo del/de la Cliente/a.  

5.5. Costas a favor y en contra.

Uno de los parámetros con los que Proinvest juega a la hora de ofrecer unos precios tan ajustados (con el fin de facilitar al máximo las reclamaciones de sus clientes), consiste en obtener el resto de su remuneración de las costas a las que se pueda condenar al deudor, y en este sentido:

a. Las Costas Procesales que se impongan al deudor, a favor del/de la Cliente/a, por cualquier razón, y que puedan recuperarse, serán el resto de remuneración que le corresponde a Proinvest por sus servicios.

b. Las Costas Procesales que se impongan en el proceso  al/a la Cliente/a, serán a cargo del/de la Cliente/a salvo las que sean por negligencia de Proinvest.

6. RESPONSABILIDAD

El/la Cliente/a se compromete a mantener indemne a Proinvest de cualquier responsabilidad que pueda derivarse de la información aportada, o de la forma de entrega de la documentación relativa a la deuda a gestionar y mantendrá indemne a Proinvest de cualquier reclamación, daño o perjuicio relacionados con cualquier incumplimiento de la legislación aplicable, y muy especialmente la referente a la de protección de datos de carácter personal.

7. CONFIDENCIALIDAD

Las partes se comprometen a guardar secreto de los datos proporcionados por entre ellas, como consecuencia de los servicios contratados y a no divulgar tampoco el contenido de este contrato; Proinvest y el/la Cliente/a deberán someter a iguales medidas de seguridad la información confidencial que reciban de la otra parte  que las aplicadas a la información confidencial de otros proveedores o clientes.

8. PROTECCIÓN DE DATOS

8.1 Objeto

De conformidad con la normativa vigente y aplicable en protección de datos de carácter personal, le informamos que sus datos serán incorporados al sistema de tratamiento titularidad de PROINVEST SANDIC, SL con CIF B65888885 y domicilio social sito en TUSET, 5, 4º 08006, BARCELONA, y que a continuación se relacionan sus respectivas finalidades, plazos de conservación y bases legitimadoras. Para aquellos tratamientos que lo requieran, se informa también de la posible elaboración de perfiles y decisiones automatizadas, así como las posibles cesiones y las transferencias internacionales que PROINVEST SANDIC, SL tiene previsto realizar:

– Finalidad: Gestión y tramitación de las obligaciones y deberes que se deriven del cumplimiento de la normativa a la cual está sujeta la entidad

– Plazo de conservación: conservación de las copias de los documentos hasta que prescriban las acciones para reclamarle una posible responsabilidad.

– Base legítima: El cumplimiento de una ley.

– Cesiones: sus datos serán comunicados en caso de ser necesario a Organismos y/o administración pública con competencia en la materia con la finalidad de cumplir con las obligaciones establecidas en la normativa aplicable. Además, se informa que la base legitimadora de la cesión es el cumplimiento de una ley.

– Finalidad: Gestión administrativa, facturación, contabilidad y obligaciones legales

– Plazo de conservación: 10 años, en cumplimiento del Código de Comercio.

– Base legítima: El cumplimiento de una ley.

– Cesiones: sus datos serán comunicados en caso de ser necesario a Agencia Tributaria, Bancos, Cajas y Organismos y/o administración pública con competencia en la materia con la finalidad de cumplir con las obligaciones tributarias y fiscales establecidas en la normativa aplicable. Además, se informa que la base legitimadora de la cesión es el cumplimiento de una ley.

A su vez, le informamos que puede contactar con el Delegado de Protección de Datos, dirigiéndose por escrito a la dirección de correo dpd@grupoqualia.net.

De acuerdo con los derechos que le confiere la normativa vigente y aplicable en protección de datos podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, limitación de tratamiento, supresión (“derecho al olvido”), portabilidad y oposición al tratamiento de sus datos de carácter personal así como la revocación del consentimiento prestado para el tratamiento de los mismos, dirigiendo su petición a la dirección postal indicada más arriba o al correo electrónico info@pro-invest.es. Podrá dirigirse a la Autoridad de Control competente para presentar la reclamación que considere oportuna.

8.2. Medidas de Seguridad.

Las Partes acuerdan que Proinvest adoptará las medidas técnicas y organizativas necesarias, que garanticen la seguridad de los datos, en su condición de responsable del fichero de los datos de carácter personal objeto del Contrato, de forma que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, incluyendo medidas de encriptación y anonimización, tal y como establece la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal.

El/la Cliente/a responderá frente a Proinvest de las reclamaciones que contra ésta se lleven a cabo, derivadas del incumplimiento por parte del/de la Cliente/a  de las obligaciones asumidas por esta de conformidad con la normativa de protección de datos.

8.3. El/la Cliente/a manifiesta que los datos del deudor, los suyos como acreedor, y los de la deuda son ciertos y exactos y responden a la realidad, y que se ha reclamado extrajudicialmente dicha deuda (líquida, vencida, exigible y no prescrita), sin resultado, pero que no ha iniciado contra el/la deudor/a ninguna reclamación por vía judicial con anterioridad a la solicitud efectuada a Proinvest.

8.4. Proinvest intentará verificar la identidad del/la Cliente/a mediante los medios que considere convenientes, pero será este (el/la Cliente/a) quien responderá única y exclusivamente de la exactitud, corrección y veracidad de los datos que sobre la identidad de las personas intervinientes o de la o las deuda/s.

9. TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

9.1. El contrato entre Proinvest y el/la Cliente/a terminará y se extinguirá en virtud de lo pactado al respecto en las cláusulas 3.6 y 4 de las presentes Condiciones de Contratación.

En cuanto a la resolución por incumplimiento, se estará a lo prevenido en el Código Civil. Al respecto, si, notificado a la otra parte un incumplimiento, la parte incumplidora no procediese a su debida subsanación en un plazo de treinta días (30) desde la recepción fehaciente de la reclamación, cada una de las partes podrá resolver el contrato de servicio, con la obligación de la parte incumplidora de indemnizar a la otra parte por los daños y perjuicios que le hubiera causado.

Las principales causas de incumplimiento, generadoras de posible resolución del contrato, son las siguientes:

  • Del Cliente/a: el impago del precio de los servicios contratados y/o prestados, así como la falta de puesta a disposición de Proinvest de la documentación requerida, o el incumplimiento de cualesquiera otras de sus obligaciones impuestas por el presente condicionado.
  • De Proinvest: la no realización de los servicios contratados, o el incumplimiento de cualesquiera otras de sus obligaciones impuestas por el presente condicionado.

9.2. Producida la terminación del contrato, Proinvest se compromete a destruir cualquier elemento relacionado con la deuda gestionada, incluyendo entre otros, cualesquiera datos que se hayan podido almacenar en su equipo, excepto aquellos datos que sean necesarios para mantener los registros contables, los requerimientos legales de otro tipo o su propia estadística siempre que en este caso se proceda a su disociación.

9.3 Si se produjera alguna discrepancia, disputa o si se alegara algún incumplimiento, ambas trabajarán para resolver el asunto de buena fe, antes de acudir a los órganos jurisdiccionales competentes.

10. GASTOS E IMPUESTOS

Los impuestos que se deriven de este Contrato y de las deudas que se gestionen y tramiten a través del sistema y la plataforma que regula, serán satisfechos por las Partes conforme a Ley.

11. JURISDICCIÓN

Para cualquier divergencia que pudiera surgir en relación con la interpretación y la ejecución de los servicios que sean contratados entre Proinvest y los/las Clientes/as, por sometimiento expreso de las partes, el fuero competente será el correspondiente a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona, con renuncia a su propio fuero y domicilio, si fueren otros.